Ajustes en los Reglamentos de la CONMEBOL Libertadores y CONMEBOL Sudamericana

Publicado: 10/02/2023

La Dirección de Competiciones y Operaciones de la CONMEBOL informa las modificaciones en los Manuales de Clubes 2023 (Reglamentos) de la CONMEBOL Libertadores y CONMEBOL Sudamericana, que regirán a partir de la FASE DE GRUPOS.

 Ref.: Ajuste del Reglamento

Manual de Clubes – CONMEBOL Libertadores 2023

Manual de Clubes – CONMEBOL Sudamericana 2023

• ARTÍCULO 3.6 – PARTICIPACIÓN

Se elimina el inciso d) como criterio de admisión de los clubes.

d. Su Director Técnico deberá contar con Licencia PRO de entrenadores de la CONMEBOL, y los asistentes técnicos con Licencia A de entrenadores de la CONMEBOL.

• ARTÍCULO 3.7.4 – ELEGIBILIDAD DE LOS JUGADORES Y CUERPO TÉCNICO

Nuevo texto.

“No podrá ser incluido en la lista el jugador que no estuviese reglamentariamente inscripto en su Asociación Miembro en la fecha establecida para la presentación de la lista a favor del club participante, o al momento de producirse las sustituciones previstas en este Manual, según corresponda.

De igual forma no podrán ser incluidos en la lista el Director Técnico que no cuente con la Licencia PRO CONMEBOL y Entrenador Asistente que no cuente con Licencia A CONMEBOL.

La Unidad Disciplinaria de la CONMEBOL, en casos excepcionales y valorando las circunstancias concurrentes, podrá permitir la inscripción provisional de un jugador en la lista de un club participante que no esté aún registrado en favor de este último en su respectiva Asociación Miembro, lo que en ningún caso habilitará a este jugador a disputar partidos, hasta tanto el mismo cumpla con la exigencia de su registro reglamentario a nivel nacional.

Los plazos y condiciones para que puedan realizar inscripción provisional están establecidos más adelante.”

• ARTÍCULO 3.7.4.2 – INSCRIPCION DEL CUERPO TÉCNICO

Nuevo Artículo.

“La inscripción del Director Técnico y Entrenador Asistente estará sujeta a la presentación de la licencia PRO CONMEBOL y licencia A CONMEBOL respectivamente.

Es responsabilidad exclusiva de los clubes participantes que su Director Técnico y Entrenador Asistente cumplan con las condiciones de elegibilidad, bajo advertencia expresa de las consecuencias disciplinarias que pudieren derivar.

No obstante, la Asociación Miembro a la cual pertenece el Club, deberá verificar en la página de CONMEBOL: https://www.conmebol.com/entrenadores-con-licencia-conmebol/ si el Director Técnico y Entrenador Asistente cuentan con la respectiva Licencia. En caso de duda, favor remitir su consulta a licenciadeentrenadores@conmebol.com.

La CONMEBOL en cualquier momento podrá solicitar toda la documentación respaldatoria de los Entrenadores, de acuerdo a la Convención de Licencia de Entrenadores.

La inscripción de los Clubes participantes sin cumplir con este requisito de elegibilidad será pasible de sanciones disciplinarias cuyas multas no serán inferiores a DOLARES AMERICANOS CINCUENTA MIL (USD. 50.000).-

No obstante a lo anterior, en caso de incumplimiento, el club tendrá un plazo de 48horas para la inscripción de un Director Técnico y/o Entrenador Asistente con la respectiva licencia, contadas desde la notificación por parte del departamento de Licencia de Entrenadores de la CONMEBOL. En caso de no hacerlo dentro del citado plazo, su admisión quedará condicionada y será remitida a la Comisión Disciplinaria para la aplicación de la sanción correspondiente.

La multa por incumplimiento luego de la intimación no será inferior a DOLARES AMERICANOS DIEZ MIL (USD. 10.000) por día, además de otras que pudieren corresponder”.

• ARTICULO 3.7.5 – LISTA DE JUGADORES Y CUERPO TÉCNICO

Se agrega posibles sanciones por incumplimiento del personal mínimo exigido en la lista de buena fe.

Los clubes deberán realizar la inscripción de sus jugadores y cuerpo técnico (Lista de Buena Fe) únicamente a través del Sistema COMET.

Presentación de Lista de Buena Fe: Los clubes deberán inscribir a sus jugadores y cuerpo técnico a través del Sistema COMET, finalizada la carga deberá quedar en estado “Remitido LBF”, para luego ser descargado y firmado por el representante del club y ser enviado por correo electrónico a su Asociación Miembro.

Presentación de formulario de inscripción de jugadores; (inclusiones y sustituciones de acuerdo con las fases permitidas en el Manual). Los jugadores deberán estar inscriptos correctamente en el Sistema COMET a favor de su club al momento de presentación del formulario. Una vez completado el formulario, deberá ser firmado por el representante del club y enviado por correo electrónico a su Asociación Miembro.

Presentación de formulario de inscripciones provisionales: Los jugadores deberán estar inscriptos correctamente a favor de su club en el Sistema COMET al momento de presentar las documentaciones que regularicen su inscripción. Una vez completado el formulario, deberá ser firmado por el representante del club y enviado por correo electrónico a su Asociación Miembro.

La Asociación Miembro deberá verificar y validar la correcta inscripción de los jugadores y cuerpo técnico presentado por su club afiliado conforme a los puntos citados anteriormente en este mismo artículo, así como el artículo 3.7.4

La Lista de Buena Fe deberá quedar en estado “verificado” en el Sistema COMET, siendo este proceso de exclusiva responsabilidad de la Asociación Miembro.

La lista remitida por el club con la firma del representante del mismo deberá ser firmada por el Secretario General o Presidente de la Asociación Miembro y ser enviada a CONMEBOL conforme al cuadro de Fechas clave (punto 3.4 del manual) a los siguientes correos electrónicos:

  • Secretaría General: secretaria@conmebol.com
  • Dirección de Competiciones y Operaciones: competiciones@conmebol.com
  • Unidad Disciplinaria: unidad.disciplinaria@conmebol.com

Es de exclusiva responsabilidad de los clubes la coordinación de los plazos con sus respectivas Asociaciones Miembro para garantizar que dicho proceso sea finalizado de acuerdo con las directrices descriptas.

Para la FASE PRELIMINAR (Fases 1, 2 y 3) y para la FASE DE GRUPOS, los clubes deberán inscribir en su Lista de Buena Fe obligatoriamente:

Un mínimo de 18 jugadores de campo.

Un mínimo de 3 arqueros.

Un director técnico.*

Un entrenador asistente.**

Un médico.

Un oficial de seguridad.***

Un jefe de prensa.

(*) Un Director Técnico con Licencia PRO CONMEBOL.

(**) Entrenadores asistentes inscriptos con licencia A CONMEBOL.

(***) Ver Reglamento de Seguridad de Competiciones y Operaciones Art. 14

En caso de no presentación en la lista de buena fe del personal mínimo exigido en el presente artículo, el club será sancionado por la Comisión Disciplinaria con una multa de al menos 50.000 USD, salvo que la no presentación sea del jefe de prensa, cuya multa mínima será de al menos USD. 10.000.

No obstante, lo anterior, el club deberá subsanar dentro de las siguientes 24hs, contados desde la notificación por parte de CONMEBOL, la inclusión del número mínimo exigido de jugadores y oficiales para poder participar en la competición, y en cuyo caso la Comisión Disciplinaria podrá aplicar la sanción de cancelación de habilitación para participar del Torneo.